Falsifican contratos de trabajo

Algunos de los Agentes de la Policía Nacional de la Comisaría Provincial de Málaga, en el transcurso de una investigación iniciada el pasado mes de mayo, han detenido hasta el momento en la capital a 30 personas,  por su presunta relación con una empresa dedicada a falsificar contratos de trabajo. Las finalidades eran obtener regularizaciones administrativas en España de ciudadanos foráneos, así como el beneficio en el cobro de las prestaciones sociales.

Gracias a los investigadores que fueron quienes tuvieron conocimiento de la existencia de una empresa, domiciliada en Málaga capital, que en esos momentos estaba siendo gestionada por un asesor de nacionalidad española. Así, sospechaban de que, en connivencia con el que hacía las veces de responsable, un ciudadano marroquí, podrían estar regularizando de forma fraudulenta a ciudadanos extranjeros, según han informado en un comunicado desde el Cuerpo Nacional de Policía.

Destaquemos que lo hacia a cambio de dinero o de trabajo, y sin respetar sus derechos laborales, estos extranjeros obtenían de la empresa una oferta laboral de un año de duración –requisito establecido para efectuar solicitudes de autorización de residencia por circunstancias excepcionales en España–.

Por otra parte, las líneas de investigación fueron las cuales llevaron a las comprobaciones de más de un centenar de contratos de trabajo, que, a través de una gestoría afincada en la capital, habían sido enviados a la Tesorería de la Administración del Estado para su alta.

La empresa investigada había contraído una deuda de 210.000 euros con la Tesorería General de la Seguridad Social. Las indagaciones continúan abiertas hasta el total esclarecimiento de los hechos, han apuntado las fuentes citadas.

Además, lo positivo es que la investigación, que continúa abierta, permitió comprobar más de un centenar de contratos de trabajo que, a través de una gestoría de Málaga, habían sido enviados a la Tesorería de la Administración del Estado para su alta.

La Policía ya detuvo en Sevilla en abril de 2012 a otras 32 personas que se dedicaban al mismo tipo de fraude y un caso similar en Barcelona en agosto de este mismo año.

Hay que destacar que el contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicio personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

De esa forma el Código del Trabajo define lo que es el contrato que firmamos al incorporan a la respectiva fuente laboral.
-El Contrato de Trabajo debe quedar firmado por ambas partes a más tardar dentro de los primeros quince días de incorporado el trabajador.
No siempre es así, muchas veces pasa un mes o dos y el contrato no se firma, lo cual podrá ser denunciado ante la Inspección del Trabajo.

Un trabajador podría negarse a firmar un Contrato por estimar que no se ajusta a las condiciones que originalmente le habría ofrecido el empleador. Ante esa situación el empleador podrá recurrir a la Inspección del trabajo para solicitar la firma. Si el trabajador se negase podría ser despedido, salvó que pueda comprobar que a sido contratado en condiciones distintas a las establecidas en el documento escrito. Obviamente es muy difícil demostrar una situación así, por lo cual el trabajador corre ciertos riesgos.
Pero si el contrato se firma después del plazo legal de quince días se podrá considerar como legales las estipulaciones del contrato que declare el trabajador.

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