Eres

¿Le quedan dudas de que hablamos cuando mencionamos ERES?

Aca mismo tendra la posibilidad de sacárselas, cuando hablamos de ERES, hablamos de el expediente de regulación de empleo, el cual decimos ERES ya que el mismo esta abreviado, este es un procedimiento contemplado en la actual legislación española mediante el cual una empresa supuestamente en una mala situación económica, busca obtener autorización para suspender o despedir trabajadores.

Entre todas sus ventajas, este mismo tiene como finalidad obtener de la autoridad laboral competente un permiso para suspender o extinguir las relaciones laborales en un marco en el cual se garantizan ciertos derechos de los trabajadores.

Este mismo es el cual se trata de un procedimiento administrativo-laboral de carácter especial que puede ser tramitado por las siguientes causas:

-Despido colectivo fundamentado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
-Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor.
-Suspensión de la relación laboral fundamentada en las mismas causas del apartado primero.
-Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.

Extinción colectiva por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción: Es un concepto proveniente de la terminología comunitaria europea similar al de expediente de regulación de empleo o procedimientos de regulación de empleo.

¿Cómo debe realizarse correctamente un ERE?

En primer lugar, lo que el empresario debería hacer es pedir autorización a las autoridades competentes. De todas formas lo Para ello presentará la correspondiente solicitud. A continuación iniciará el correspondiente periodo de consultas, con la representación de los trabajadores, en el que se discutirán las causas que motiva el expediente y las posibilidades de evitar o reducir los efectos.

Deberíamos destacar que el acuerdo o el desacuerdo será el que ponga fin a este periodo de consultas inicial, tras lo cual el propio empresario se lo comunicará a la autoridad laboral que tramite el expediente. No olvide que cuando se consigue un acuerdo, el alcanzado sobre las medidas a tomar será vinculante para ambas partes.

Ahora, si por el contrario existe desacuerdo, la autoridad competente será quien resuelva sobre el fondo de la cuestión, dictando una resolución que determine la estimación o desestimación de la correspondiente decisión empresarial.

Lo que se suelen preguntar es si, ¿Es conveniente?

A los empresarios les conviene recurrir al ERE cuando tenga causas suficientes. Pero en caso contrario, conviene que alcancen acuerdos con sus trabajadores para extinguir los contratos por despidos improcedentes.

No olvidemos que el trabajador, si opta por moverse de forma conjunta con sus compañeros, podrá conseguir una mayor indemnización u otros beneficios. En el caso de el empresario tiene el riesgo, en el caso de estas salidas por grupos o despidos improcedentes en grupos sin llegar a los números que exige el ERE, de que se pueda entender que está actuando en fraude de ley, y pueden determinarse por un juzgado, ante la denuncia por un trabajador, la nulidad de las extinciones realizadas por cuanto debió iniciar un ERE ante la autoridad laboral competente.

Ahora destaquemos que en España los ERE se disparan casi un 70% tras la reforma laboral.

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